Es un registro donde figuran datos de personas que han tenido o tienen alguna deuda pendiente, como pueden ser letras de la hipoteca, préstamos personales, facturas de teléfono...
A partir de la Ley Orgánica 5/1992, cuando se entra en una lista de morosos, se debe notificar al afectado que ha sido incluido en esta lista en el plazo de 30 días, para que éste pueda ejercer sus derechos de información, rectificación y cancelación.
En caso de error en los datos, deberá hacerlo constar por escrito y enviarlo a la entidad financiera que facilitó sus datos o remitirlo directamente al fichero. Allí, antes de cinco días, comprobarán la información que usted ha enviado y, si es correcta, corregirán o cancelarán los datos que procedan.
RAI y ASNEF son los registros de impagados más populares y más utilizados por la entidades financieras para consultar la solvencia de los clientes. RAI son siglas de Registro de aceptaciones impagadas y ASNEF se corresponde con Asociación Nacional de Entidades de Financiación.
Depende del Centro de Cooperación Interbancaria, una asociación creada por los bancos, cajas
de ahorro y cooperativas de crédito.
En el RAI normalmente aparecen los cheques, pagarés, letras aceptadas y créditos, todos ellos impagados.
Normalmente estos impagos se procesan de forma automática, así que si nos han incluido en el RAI, tenemos que pedir, cuando pagamos, que nos saquen de ahí.
En el ASNEF aparecen deudas impagadas estén aceptadas o no, además de las entidades financieras lo utilizan grandes compañías de servicios como las compañías de telefonía o luz.
Entrar en un registro de morosos es fácil, pero salir puede ser un proceso largo y complicado, según el fichero en el que esté incluido, su permanencia en él puede ser de seis años (en la ASNEF-EQUIFAX) o de 30 meses (en el RAI), a pesar de que la deuda esté ya saldada.
Aunque la deuda esté saldada las compañías que le incluyeron en los registros de impagados no suelen realizar los trámites para reflejar la nueva situación, tiene que ser usted mismo el que se dirija al registro y probar documentalmente que su deuda ya está pagada.
Aunque el registro tiene derecho a mantenerle en el fichero por un periodo de 6 años (reflejando la nueva situación) no suelen hacerlo y una vez que se solicita que se le borre por haber pagado se hace en un periodo de un mes, con lo que pasado ese mes es como si usted no hubiese estado nunca en el mismo.
Si su inclusión en el registro de morosos ha sido por error, El primer paso es averiguar quién suministró la información al fichero, y pedirle que rectifique la información que mandó al registro de morosos.
La Ley Orgánica 5/1992, reconoce los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Agencia de Protección de Datos
C/ Paseo de la Castellana, 41. 28046 Madrid
Asnef-Equifax
Cardenal Marcelo Espínola, 6. 28016 Madrid
Centro de Cooperación Interbancaria (RAI)
Plaza de Colón 2, torre 2, planta 15 – 28046 Madrid
Tribunal de Defensa de la Competencia
Avenida de Pío XII, 17, 28016 Madrid.
Tf: 91 350 54 00.
Dirección General de Defensa de la Competencia
Pº de la Castellana, 162, 28046 Madrid
Tf: 91 583 51 55.
Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC)
C/ Marqués de Urquijo, 7 28008 Madrid
Tf: 91 541 61 61.
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